REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Quinto (15°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Doce (12) de Mayo de dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO: AP21-S-2011-000806
Visto el escrito transaccional presentado en fecha Seis (06) Mayo del 2011, a través del cual el ciudadano YOHARWUIN JOSE GONZALEZ LEON, en su carácter de parte Oferida y titular de la cedula de identidad N° V- 16.821.355, recibió un (1) Cheque , por un monto total de TREINTA Y TRES MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs F.33.000,00), debidamente asistido la parte oferida por la abogada ELIANA ARCIA BRITO IPSA Nº 128.780 y, la abogada ZULEIMA ESPINEL IPSA N° 112.984 en su carácter de apoderada judicial de la parte Oferente SOLUZIONA S.P; C.A , mediante el cual solicitan la homologación del mismo; en tal sentido y por cuanto no han sido vulnerados los derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con el Artículo 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
EL JUEZ
Abg. Eduardo Núñez.
LA SECRETARIA
Abg. Carmen Romero.
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