REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, cinco (05) de mayo de dos mil once (2011)
200º y 151º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-001538
PARTE ACTORA: MARIO ALVAREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: BANCO AGRICOLA DE VENEZUELA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: RICARDO FONK
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
En el día hábil de hoy, 5 de Mayo de 2011, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de las partes. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 y 201.
La Juez
La Secretaria
Abg. Yolimar Avila
Norialy Romero