JUZGADO VIGESIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-001670
PARTE ACTORA: JAEN JACKSON ACUÑA MULATO
ABOGADOS DE LA PARTE ACTORA: GLORIA PACHECO . I.P.S.A 45.723
PARTE DEMANDADA: VIDCELL S.B C.A
APODERADO DE LA DEMANDADA: GUILLERMO GARCIA , asistido por la abogado , Maribel Trujillo I.P.S.A . N°:-- 45.332
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 13 de Mayo de 2011 , siendo las 10:00am, día y hora fijado para que tenga lugar la celebración de la audiencia preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano JAEN JACKSON ACUÑA MULATO CI: 15.835.416 asistido por la abogado GLORIA PACHECO. I.P.S.A 45.723 y por la parte demandada la empresa VIDCELL S.B C.A representada por su Presidente el ciudadano GUILLERMO GARCIA, titular de la cédula de identidad N°:- 6.116.411 asistido por la abogado Maribel Trujillo I.P.S.A . N°:-- 45.332 quienes han llegado al siguiente acuerdo; PRIMERO: ambas partes a los fines de dar por terminado el presente juicio han decidido celebrar un acuerdo transaccional en los siguientes términos.: Ambas partes reconocen la relación laboral, la fecha de ingreso y egreso y que la relación terminó por renuncia libremente manifestada por el trabajador; SEGUNDO: La empresa demandada ofrece cancelar en este acto a la actora la cantidad de dos mil setecientos noventa y tres bolívares con treinta y tres céntimos (Bs.2.793,33) en cheque n°: 24135268, girado contra la entidad Bancaria Banco Mercantil , a nombre del trabajador , que con dicho pago la empresa cancela a la actora los conceptos de antigüedad, vacaciones fraccionada, bono vacacional fraccionado y utilidades fraccionadas . La empresa deja constancia que realizo el descuento del preaviso conforme a la Ley. Por su parte la parte actora debidamente asistido de abogado, declara que nada mas tiene que reclamar con este pago, que reconoce el descuento del preaviso de ley, que acepta el pago ofrecido y que nada más tiene que reclamar por concepto de la relación laboral que le unió con la empresa, en consecuencia le otorga a la empresa demandada el más amplio finiquito y solicita se le de los efectos de la Cosa Juzgada ..Ambas partes solicitan en este acto copia certificada de la presente acta de transacción y el auto que lo homologa De conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo por cuanto la mediación ha sido positiva Homologa el acuerdo de las partes dándole efectos de la Cosa Juzgada, Se ordena el cierre y archivo del expediente una Vez trascurra el lapso para ejercer los recursos correspondientes. .Se acuerda la copia certificada
La Juez


La Secretaria
Abog. Beatriz Pinto

Abgd. María V Dávila

Los Presentes