REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 6 de mayo de 2011
201º y 152º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-20011-000754

PARTE OFERIDA: ANA SURMIAK BORRAGEIROS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 12.627.609.-

APODERADO DE LA PARTE OFERIDA: NO CONSTITUYO.-

PARTE OFERENTE: BANCO DEL CARIBE C.A. BANCO UNIVERSAL (BANCARIBE)

APODERADOS DE LA PARTE OFERENTE: MARGY VICTORIA ROJAS PIÑA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 123.269.

MOTIVO: OFERTA DE PAGO

En fecha 14 de abril de 2011, fue interpuesta oferta de pago, por la ciudadana MARGY VICTORIA ROJAS PIÑA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 123.269, en su carácter de apoderada judicial de la empresa BANCO DEL CARIBE C.A. BANCO UNIVERSAL (BANCARIBE), a favor de la ciudadana ANA SURMIAK BORRAGEIROS.-
En fecha 26 de abril de 2011, este Tribunal dictó auto ordenando la subsanación del libelo, notificando al oferente en fecha 3 de mayo de 2011, siendo que desde dicha fecha exclusive, comenzó a transcurrir el lapso de dos (2) días para que el mismo presentará su escrito de Subsanación, lapso este que venció el día 5 de mayo de 2011.-
Esta Juzgadora, visto que la parte oferente no presentó escrito de subsanación alguno en la oportunidad de Ley, declara la Inadmisibilidad de la presente acción y así se decide.-
En razón de lo cual, este Tribunal Trigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE la oferta de pago presentada por BANCO DEL CARIBE C.A. BANCO UNIVERSAL (BANCARIBE), ambas partes suficientemente identificadas en el cuerpo de esta decisión.-
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Trigésimo Quinto de Sustanciación, Mediación Y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los seis (6) días del mes de mayo de 2011. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
LA JUEZ,

GLORIA GARCIA GUZMAN
EL SECRETARIO

MARIO COLOMBO
En el mismo día de despacho de hoy, previo el anuncio de Ley, se publicó y registró la anterior decisión.
EL SECRETARIO

MARIO COLOMBO