REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Año 200° y 152°
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR


N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-001033


En el día hábil de hoy VIERNES 20 DE MAYO DE 2011, siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente asunto que por Prestaciones Sociales incoara la ciudadana GREISY SORIEL ESCALONA TORRES, titular de la cedula de identidad N° 6.392.960 contra la FIRMA PERSONAL YELITZA SUCRE ASESOR GERENCIAL, anunciado como ha sido el acto en la Sala de Espera de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución, se deja constancia de la comparecencia de la parte actora, ciudadana GREISY SORIEL ESCALONA TORRES, debidamente representada por la abogada ANASTACIA RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 88.222. Asimismo se deja constancia de la comparecencia de los abogados FRANCISCO ASUNCION CUMANA SILVA y JORGE LUIS MALAVE MALAVE, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 83.562 y 32.592, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la demandada. En este acto las partes de mutuo acuerdo TRANSARON por la cantidad de OCHO MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs.8.000,00) por los siguientes conceptos: prestación por antigüedad, intereses sobre la prestación por antigüedad, indemnización sustitutiva del preaviso, indemnización adicional a la antigüedad, vacaciones y bono vacacional vencidos y fraccionados, utilidades vencidas y fraccionadas. La cancelación del monto acordado se efectuará para el día MIERCOLES 25 DE MAYO DE 2011 por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Por consiguiente, este Juzgado HOMOLOGA la presente transacción dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, todo ello conforme a los artículos 87 y 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 108, 125, 174, 219, 223 y 225 de la Ley Orgánica del Trabajo. Regístrese, Publíquese y guárdese copia certificada. Asimismo, se deja constancia de la devolución de los escritos de promoción de pruebas, por lo que una vez conste en autos el pago del monto acordado se dará por terminado el presente asunto, ordenando el cierre informático y su remisión a la División de Archivo Judicial. Es todo. Término, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO


GREISY SORIEL ESCALONA TORRES
PARTE ACTORA



ANASTACIA RODRIGUEZ
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA




FRANCISCO ASUNCION CUMANA SILVA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA




JORGE LUIS MALAVE MALAVE
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

DARLYS ANCHETA
LA SECRETARIA