REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuadragésimo Quinto (45º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, tres (03)de mayo de dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO : AP21-S-2011-000776
PARTE OFERENTE: CORPORACION DIGITEL , C.A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: FRANCISCO REY , inscrito en el inpreabagado bajo el numero 123.544
PARTE OFERIDA: CARLOS PEÑA, titular de la cedula de identidad numero 13.124.043
ABOGADO QUE ASISTE A LA PARTE OFERIDA: JESUS MIJARES , inscrito en el inpreabagado bajo el numero 135.349
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
Visto escrito de Transacción presentado por los ciudadanos CARLOS PEÑA, titular de la cedula de identidad numero 13.124.043 ,en su condición de parte oferida, asistido por el ciudadano: JESUS MIJARES , inscrito en el inpreabagado bajo el numero 135.349, y el ciudadano FRANCISCO REY , inscrito en el inpreabagado bajo el numero 123.544, en su condición de apoderado judicial de la parte Oferente CORPORACION DIGITEL , C.A; este Juzgado Cuadragésimo Quinto (45º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto fue de Bs. F. 125.060,49; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión se ordenará dar por terminado el presente expediente y su remisión al archivo judicial. Así se establece.-
La Juez
Luisa Avila
El Secretaria
Nelson Delgado
En el día de hoy (03) de mayo de dos mil once (2011), se publicó y diarizó la presente decisión.
El Secretario
Nelson Delgado
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