REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Cuadragésimo Quinto (45º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiséis de mayo de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO : AP21-S-2011-000888

PARTE OFERENTE: BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: GERARDO HENRIQUEZ inscrito en el inpreabagado bajo el numero 36.225
PARTE OFERIDA: AMALIA PACILLO, titular de la cedula de identidad numero 13.112.843 , actuando en su propio nombre, inscrita en el inpreabagado bajo el numero 91.589
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

Visto escrito de Transacción presentado por los ciudadanos AMALIA PACILLO, titular de la cedula de identidad numero 13.112.843 , actuando en su propio nombre, inscrita en el Inpreabogado bajo el numero 91.589, actuando como parte oferida y el ciudadano GERARDO HENRIQUEZ inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 36.225, en su condición de apoderado judicial de la parte Oferente BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A .; este Juzgado Cuadragésimo Quinto (45º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto fue de Bs. F. 49.200,00; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión se ordenará dar por terminado el presente expediente y su remisión al archivo judicial. Así se establece.-

La Juez
Luisa Avila
El Secretario
Nelson Delgado

En el día de hoy (26) de mayo de dos mil once (2011), se publicó y diarizó la presente decisión.

El Secretari0
Nelson Delgado