Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio
Caracas, diez (10) de mayo de dos mil once (2.011)
201º y 152º

ASUNTO: AP51-V-2010-002154
Vista el acta que inmediatamente antecede, levantada por este Tribunal con ocasión de la oportunidad fijada para la celebración de la Fase de Sustanciación de la Audiencia Preliminar en el presente procedimiento, conforme a lo previsto en el artículo 475 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la cual se desprende que ambas partes, ciudadanos SYDNEY LISBETH VILLAMIZAR AZCARATE y LUISMAN JOSÉ PEÑA CASTRO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.157.990 y V-15.929.956, respectivamente, en su condición de parte actora la primera y demandado el segundo, no comparecieron personalmente o por medio de apoderado o apoderada a la referida audiencia, en consecuencia, este Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en acatamiento a las disposiciones contenidas en el artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara TERMINADO el proceso, y en tal virtud, ordena el cierre y archivo definitivo del expediente. Cúmplase.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada, en el Despacho del Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en Caracas, a los diez (10°) días del mes de mayo de dos mil once (2.011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
El Juez,
Fdo.
Abg. Jorge Gustavo Mirabal.

La Secretaria,
Fdo.
Abg. Lucy Pedroza.

JGM/KES/Salvador Mata*