REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 14 de noviembre de 2011
200° y 152°
AP21-L-2011-004697
Vista la diligencia que antecede de fecha 8 de noviembre de 2011 suscrita por el ciudadano EDWARD MUJICA en su carácter de parte actora debidamente asistido por el abogado en ejercicio JORGE CALDERON y por la parte demandada, sociedad mercantil JDML SEGURIDAD INTEGRAL C.A. representad por el apoderado judicial, abogado en ejercicio DAVID HERNNADEZ, mediante la cual el trabajador desiste del procedimiento y es aceptado por la parte demandada; este Tribunal Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela HOMOLOGA EL ACUERDO en los términos expuestos; dándole EFECTOS DE COSA JUZGADA; por lo que se da por terminado el proceso y se ordena el archivo del expediente. Como quiera que por auto de fecha 9 de noviembre de 2011 se fijó la oportunidad para la prolongación de la Audiencia Preliminar; en virtud de lo inoficioso del acto, se deja sin efecto el auto en referencia.ARCHIVESE.-
La Juez
Abg. Neyireé Toledo
La Secretaria
Abg. Diraima Virguez