REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 30 de noviembre de 2011
200° y 152°
AP21-L-2011-004675

Visto el escrito suscrito entre las partes (LEIDY DI CABEZA y GRUPO CONTROL 2004 C.A.) presentado en fecha 25 de noviembre de 2011 mediante el cual celebran un acuerdo transaccional; este Tribunal de una revisión del mismo, observa que no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables de la trabajadora; por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con los artículo 9 y 10 del Reglamento, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO en los términos expuestos, dándole efectos de COSA JUZGADA..

La Juez


Abg. Neyireé Toledo

El Secretario


Abg. Diraima Virguez