REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, veintidós de noviembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : AP21-S-2011-002182

Vistos los escritos transaccionales presentados en fecha diecisiete (17) de noviembre de dos mil once (2011) por la parte oferente: empresa SODEXO VENEZUELA ALIMENTACION Y SERVICIOS, C.A., representada por su apoderado judicial el abogado en ejercicio SIMON JURADO, I.P.S.A. Nro. 76.855, y por la otra, los ciudadanos DUMAS LAVARCA, RUBEN GUERRA, BELKIS LANDAETA, ZENAIDA GARCIA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.945.254, 4.218.903, 6.318.890 y 10.228.767 en su carácter de parte oferida, debidamente asistidos por el abogado MIGUEL MEDINA, I.P.S.A. Nro. 135.375, en el cual llegan a acuerdos por la cantidad de Bs. 86.956,20; 67.640,01; 109.956,29 y 86.161,75, respectivamente, mediante cheques que declaran recibir en el mismo acto; este Tribunal por cuanto las transacciones celebradas no vulneran derechos irrenunciables de los trabajadores ni normas de orden público, fue celebrada por personas debidamente facultadas para ello y contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y los derechos en ella comprendidos, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en uso de sus competencias legales HOMOLOGA la transacción; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
La Jueza

La Secretaria
Abg. Olga Romero
Abg. Tomas Mejías