REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Vigésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciocho de noviembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO : AP21-L-2011-003697



Vista la diligencia contentiva de la transacción, presentada en fecha 28 de septiembre de 2011, suscrita por los abogados JHUAN ANTONIO MEDINA MARRERO IPSA N° 36.193, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadana NATACHA INES RODRIGUEZ BAUTE , carácter que cosnta en autos y por la parte demandada la empresa SGH CONSULTORES, C.A, representada por el abogado CECILIO ROSETE MENDEZ , abogado inscrito en el IPSA. nº: 42.731, carácter que consta en autos, con facultades especiales para transar en sus caracteres de apoderados judiciales de la parte actora y demandada, respectivamente; una vez revisada la transacción celebrada por las partes, por la cantidad de Bs.(36.967,00), se determina que la misma cumple con los requisitos exigidos en el encabezamiento del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 10 de su Reglamento, por cuanto versa sobre los derechos reclamados en el escrito libelar, que está circunstanciada y fueron discriminados los derechos en ella comprendidos, en consecuencia este Juzgado homologa la transacción en los términos expresados por las partes, dándole efecto de cosa juzgada
El Juez

El Secretario

Abg. Beatriz Pinto
Abg. Kelly Sirit