JUZGADO VIGESIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL AREA METROPLITANA DE CARACAS
ACTA





N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2011-004995
PARTE ACTORA:JOSE NICOLAS ZAMBRANO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: PITER ANTONIO GONZALEZ SALAYA, RICARDO JOSE LEZAMA. IPSA.- 135.870 Y 164.867
PARTE DEMANDADA: INMOBILIARIA ARTNOR, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:ANGIE ESCALONA L Y GABRIEL CARDOZO ACOSTA IPSA.- 112.029 Y 77.425
MOTIVO:

Hoy, 30 de Noviembre de 2011 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los abogados PITER ANTONIO GONZALEZ SALAYA, IPSA.- 135.870 por la parte actora y por la demandada INMOBILIARIA ARTNOR, C.A. representada por los abogados ANGIE ESCALONA L Y GABRIEL CARDOZO ACOSTA IPSA.- 112.029 Y 77.425 respectivamente, carácter que consta en instrumento poder que cursa a los autos , quienes han llegado al siguiente acuerdo: Ambas partes reconocen la relación de trabajo, la fecha de ingreso y egreso y que la relación de trabajo termino por acuerdo de las partes. SEGUNDO: La parte demandada ofrece en este acto como arreglo transaccional pagar al trabajador la cantidad de bolívares ciento veintinueve mil ciento noventa bolívares (Bs. 129.190) en dos pagos; un primer pago el día de hoy por la cantidad de Bs. 57.094,58 en cheque de gerencia N°: 08001108 girado contra Banco Activo a favor del trabajador y un segundo pago por la cantidad de Bs. 72.095,42 para el día 20 de diciembre de 2011 en horas de Despacho por ante la UDRD. Que los conceptos aquí cancelados aparecen discriminados en el libelo de demandada. Ahora bien; las partes convienen que para el caso que para la fecha del segundo pago el Tribunal se encontrare en receso judicial el mismo será realizado por la demandada a la actora, en la sede de la empresa o mediante documento autenticado, teniendo las partes la obligación de consignar el recibo o finiquito de pago al expediente una vez se reanuden las actividades judiciales. TERCERO: La parte actora representada de abogado debidamente facultado para transigir declara que acepta el pago ofrecido y las condiciones de pago, que no tiene nada más que reclamar por los conceptos transados y como consecuencia de ello le otorga a la demandada el mas amplio finiquito y solicita al Tribunal le otorgue a la presente transacción los efectos de la Cosa Juzgada,.La parte actora declara, que en caso de incumplimiento de la presente transacción, se considera la obligación de pago vencido y procederá en consecuencia a solicitar la ejecución de la presente transacción. Por ultimo ambas partes solicitan dos juegos de copias certificadas de la presente acta transaccional y del auto que lo homologue. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada .Se deja constancia de la devolución de las pruebas. Se acuerdan las copias certificadas solicitadas. Expídanse por Secretaria.
El Juez

El Secretario

Abg. Beatriz Pinto

Abg. Kelly Sirit



Los Presentes