REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 29 de noviembre de 2011
Años 201° y 152°

ASUNTO: AP21-L-2011-005472

Visto el escrito presentado en fecha 21 del mes en curso, suscrito por el ciudadano ISRAEL ANTONIO UGUETO VELASQUEZ, en su carácter de parte actora, estando debidamente asistido por la abogado KAREM GUZMAN y, por el abogado KENNY RÁUL MORENO DÍAZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada CERVECERÍA REGIONAL, C.A., en el cual dejan constancia del pago de SETENTA Y UN MIL TREINTA Y CINCO BOLÍVARES CON OCHENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 71.035,84), por los conceptos de sueldo, vacaciones fraccionadas, vacaciones vencidas, utilidades, comisiones, pago de diferencia de abonos de antigüedad, prestación de antigüedad, indemnizaciones por despido injustificado, intereses sobre prestaciones sociales y, adjuntan copia simple del cheque entregado al trabajador, carta de despido, planilla de liquidación de prestaciones sociales y copia del poder otorgado por la parte demandada, este Juzgado homologa dicho pago, entendiendo que con el pago de las indemnizaciones por el despido injustificado, previstas en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo y de las prestaciones sociales, no tiene sentido continuar con el procedimiento de estabilidad laboral intentado por el accionante, por ello se ordenará el cierre y archivo del presente asunto, una vez transcurran cinco (5) días hábiles, contados a partir del día de mañana, inclusive.
La Juez El Secretario



Abg. Milagros Jiménez Abg. Héctor Mujica