REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-005460
PARTE ACTORA: AMANDO ERNESTO RUJANO FREITES
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
PARTE DEMANDADA: FESTEJOS PLAZA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALEXIS A. FEBRES CHACOA
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy treinta (30) de noviembre de dos mil once (2011), siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, previa distribución le correspondió a este Juzgado celebrar la misma, dándose inicio se deja constancia que comparece el ciudadano DANIEL ARCANGEL CALDERON ESPIDEL, cédula de identidad N° 13.465.338, en su condición de gerente de recursos humanos de la parte demandada, el abogado Alexis Antonio Febres Chacoa, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el N° 17.069, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, como se evidencia de instrumento poder, que se presenta en original y copia simple, ad efectum videndi, que fuere otorgado el 15 de abril de 2008, por ante la Notaría Pública Décimo Tercero del Municipio Libertador del Distrito Capital, quedando anotado bajo el N° 68, Tomo 23 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría. Verificado contenido y autenticidad del instrumento poder, se observa que la copia presentada es fiel de su original, por ello se ordena agregar la copia y se ordena devolver su original. Asimismo, se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
La Jueza
El Secretario

Abg. Milagros Jiménez
Abg. Héctor Mujica


Parte demandada y su apoderado judicial