REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta de noviembre de dos mil once
201º y 152º
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-005377
PARTE ACTORA: HERNANDO ANTONIO LÓPEZ
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: CARMEN ELIANGELA FREITES TOUSSAINT
PARTE DEMANDADA: FUNDACIONES FRANKIE C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: LISTNUBIA DEL CARMEN MENDEZ GONZÁLEZ
MOTIVO: DEMANDA POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL

Hoy, 30 de noviembre de 2011 día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecencia a la misma de la parte Actora HERNANDO ANTONIO LÓPEZ, cédula de identidad NºE-80.422.963, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. Asimismo, se deja constancia de la comparecencia de la parte Demandada FUNDACIONES FRANKIE C.A., su apoderada judicial, abogada LISTNUBIA DEL CARMEN MENDEZ GONZÁLEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº59.196, quien presenta instrumento poder el cual fue verificado por la ciudadana Juez y la representación judicial de la parte Demandada consignó en seis (06) folios útiles, el cual se ordena agregar a los autos. En consecuencia, este Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Igualmente, se deja constancia que una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se ordenará el archivo del expediente. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 y 201.
La Jueza

Abog. Mariela de Jesús Morales Soto
El Secretario
Abog. Lisbeth Montes
Apoderada Judicial de la Parte Demandada

Se deja constancia que en el día de hoy treinta (30) de noviembre de dos mil once (2011), se dictó, publicó y diarizó al presente decisión.
El Secretario
Abog. Lisbeth Montes