REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 10 de Noviembre de 2011
201º y 152º

EXPEDIENTE Nº

PARTE DEMANDANTE:





PARTE DEMANDADA:










MOTIVO DEL JUICIO:

TIPO DE SENTENCIA: AH15-V-2003-000053


CONSEJO COMUNAL NUESTRA SEÑORA DEL VALLE (Que por Cesión de Derecho Litigioso efectuara el Banco Industrial de Venezuela, en fecha 23 de Septiembre de 2010).-

Sociedad Mercantil PROMOTORA INDEMAN, C.A. inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en fecha 22 de Marzo de 1994, bajo el Nº 42, Tomo A-20, en la persona de sus Directores ciudadanos ARGIMIRO MALAVE LEON y MARCELINO ALVAREZ PIRE, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 4.010.976 y E-80.335.228, respectivamente.-

EJECUCIÓN DE HIPOTECA.-

DEFINITIVA (HOMOLOGACIÓN).-

Se inicia el presente proceso mediante libelo presentado por ALIRIO NOGUERA DALLORZO, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº: 65.077, en su carácter de apoderado judicial del BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA C.A., mediante el cual procede a demandar por EJECUCIÓN DE HIPOTECA, a la Sociedad Mercantil PROMOTORA INDEMAN, C,A, y a los ciudadanos ARGIMIRO MALAVE LEON y MARCELINO ALVAREZ PIRE, titulares de la Cédula de Identidad Nº 4.010.976 y E-80.335.228, respectivamente, en su carácter de Directores.-
En fecha 09 de Diciembre de 2003, este Tribunal Admitió la presente demanda, ordenando emplazar a la parte demandada.-
En fecha 28 de Septiembre de 2010, compareció la ciudadana DORLYNG LIZ CAMEJO, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 71.947, actuando en su carácter de Apoderada Judicial del BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A. consignando Cesión de Derechos Litigiosos al CONSEJO COMUNAL NUESTRA SEÑORA DEL VALLE DE CONEJERO, autenticado en fecha 09 de Septiembre del Año 2010, ante la Notaria Interna Grupo Financiero Banco Industrial de Venezuela, C.A., bajo el Nº 43, Tomo 4, de los Libros llevados por ante esa Notaria Interna, representados por los ciudadanos FREDDY GOMEZ, YAREILY GARCIA y ROCIO DEL MOLINO, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en el Estado Nueva Esparta y titulares de la Cédula de Identidad Nº 16.546.015, 13.871.674 y 15.612.408, respectivamente.-
En fecha 07 de Junio de 2011, fue presentado por ante este Tribunal Original de Convenimiento suscrito por las partes y asimismo, solicitan se fije oportunidad para Audiencia con la Juez de este Despacho a los fines de ratificar el contenido del Convenimiento celebrado.-
En fecha 27 de Julio de 2011, se dictó auto, en el cual se fija oportunidad para que tenga lugar la Audiencia con la Juez titular de este Despacho.-
En fecha 03 de Octubre de 2011, tuvo lugar la Audiencia con la ciudadana Juez de este Despacho, compareciendo las partes y ratificando el contenido del Convenimiento presentado en fecha 07 de Junio de 2011.-
Ahora bien, dispone el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, lo siguiente:
“Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución.”

En este sentido, el Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia emanada de la Sala Constitucional, de fecha 06 de julio de 2001, con ponencia del Magistrado Dr. Jesús Eduardo Cabrera R., establece lo que a continuación se transcribe:
“Respecto del auto de homologación, viene a ser la resolución judicial que –previa verificación de la capacidad de las partes para transigir, así como la disponibilidad de la materia para ello –dota de ejecutoriedad al contrato en cuestión, esto es, la facultad de las partes de solicitar al órgano jurisdiccional competente su cumplimiento. Desde esta doble perspectiva, emerge que los autos de homologación son impugnables por la vía de apelación (…), siendo que tal recurso debe atender únicamente a la ilegalidad propia del acto de auto composición procesal, ergo, a la incapacidad de las partes que los celebraron y/o la indisponibilidad de la materia transigida (…). Empero, lo antedicho no desvirtúa la naturaleza de la transacción como contrato, de forma tal que confirmado el auto de homologación por el juez de alzada, la vía para enervar los efectos de la transacción es el juicio de nulidad…”

De la lectura de la Sentencia transcrita de forma parcial, se desprenden las condiciones que el Juez debe verificar para homologar una transacción celebrada por las partes en un proceso judicial, las cuales son la capacidad de las partes y la disponibilidad de la materia para ser objeto de una transacción. En el caso que nos ocupa, consta en autos que, el ciudadano YORMAN GONZALEZ, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 127.326, en su carácter de Apoderado Judicial del CONSEJO COMUNAL “NUESTRA SEÑORA DEL VALLE CONEJERO”, parte Actora en el presente juicio, y la Sociedad Mercantil PROMOTORA INDEMAN, C.A., representada por su Apoderado Judicial ciudadano CIRO ALFONSO CONTRERAS MORA, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 13.885, parte demandada en el presente juicio, tienen facultad expresa para desistir, convenir y transigir judicial o extrajudicialmente, por lo que, el Tribunal considera que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Artículo 154 del Código de Procedimiento Civil.-
Ahora bien, por cuanto no existe evidencia en las actas procesales de que pudiera lesionarse derechos e intereses de terceros diferentes a las partes que celebran el presente Convenimiento, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara, HOMOLOGADO el Convenimiento celebrado por las partes, en fecha 07 de Junio de 2011, mediante diligencia consignado ante este Tribunal, en los términos señalados por las partes, por cuanto la misma versa sobre la controversia planteada en el juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA, fue interpuesta inicialmente por el BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA C.A., cediendo sus Derechos Litigiosos al Consejo Comunal “NUESTRA SEÑORA DEL VALLE CONEJERO”, en fecha 28 de Septiembre de 2010, signado con el expediente Nº AH15-V-2003-000053, de la nomenclatura particular de este Despacho, por no ser contraria a derecho o alguna disposición expresa de la Ley y versa sobre derechos disponibles. Asimismo, se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme lo establece el Artículo 255 del Código de Procedimiento Civil.-
Asimismo, se acuerda SUSPENDER la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por este Tribunal, en fecha 20 de Abril de 2005, y participada al Registrador Inmobiliario del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, con Oficio Nº 0672; la cual recayó sobre unas Parcelas de terreno las cuales se describen a continuación: “Setenta y Nueve (79) parcelas de terreno y las unidades de vivienda unifamiliares sobre ellas construidas y las mejoras que se le efectúen en el futuro, las cuales conforman entre otras la II Etapa de la Urbanización Virgen Del Valle, ubicadas en la Urbanización Virgen Del Valle, Caserío Los Conejeros, Jurisdicción del Municipio José María García, Estado Nueva Esparta. Cada vivienda de las mencionadas tiene un Área de construcción aproximada de OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (85 Mts2), y le corresponde a cada una un porcentaje de 0,22325%, sobre los derechos y obligaciones comunes, de acuerdo al documento de Parcelamiento de la Urbanización Virgen Del Valle, Protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Autónomo Mariño del Estado Nueva Esparta, en fecha 10 de Mayo de 1996, bajo el Nº 24, Folios 116 al 147, Tomo 11, Protocolo Primero.- Dichos inmuebles se describen a continuación: Parcelas que se encuentran ubicadas en la MANZANA I, cuya Área total es de DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Metros Cuadrados (2.380m2), aproximadamente; cuyos linderos generales son los siguientes: NOROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Municipal; SURESTE: En 17 Mts., con Prolongación con la Calle C de la Urbanización; NORESTE: En 140 Mts., con la calle C de la Urbanización; SUROESTE: En 140 Mts., con terrenos de la Sucesión Salazar Hernández. PARCELA Nº 16, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 17; SURESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 15; NORESTE: En 5 Mts., con la Calle C de la Urbanización; SUROESTE: En 5 Mts., con terrenos de la Sucesión Salazar Hernández. PARCELA Nº 20, se encuentre comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 19; NORESTE: En 5 Mts., con la Calle C de la Urbanización; SUROESTE: En 5 Mts., con terrenos de la Sucesión Salazar Hernández. PARCELA Nº 21, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 22; SURESTE; En 17 Mts., con la Parcela 20; NORESTE: En 5 Mts., con la Calle C de la Urbanización; SUROESTE; En 5 Mts., con Terrenos de la Sucesión Salazar Hernández. PARCELA Nº 22, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 23; SURESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 21; NORESTE: En 5 Mts., con la Calle C de la Urbanización; SUROESTE: En 5 Mts., con terrenos de la Sucesión Salazar Hernández, PARCELA Nº 23, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 24; SURESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 22; NORESTE: En 5 Mts., con la Calle C de la Urbanización; SUROESTE: En 5 Mts., con terrenos de la Sucesión Salazar Hernández. PARCELA 24, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas; NOROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 25; SURESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 23; NORESTE: En 5 Mts., con la Calle C de la Urbanización; SUROESTE: En 5 Mts., con terrenos de la Sucesión Salazar Hernández; PARCELA Nº 25, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas; NOROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 26; SURESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 24; NORESTE: En 5 Mts., con la Calle C de la Urbanización; SUROESTE: En 5 Mts., con terrenos de la Sucesión Salazar Hernández. PARCELA Nº 26, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 27; SURESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 27; SURESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 25; NORESTE: En 5 Mts., con la Calle C de la Urbanización; SUROESTE: En 5 Mts., con terrenos de la Sucesión Salazar Hernández. PARCELA Nº 27, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 28; SURESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 26; NORESTE: En 5 Mts., con la Calle C de la Urbanización; SUROESTE: En 5 Mts., con terrenos de la Sucesión Salazar Hernández. PARCELA Nº 28, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Municipal; SURESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 27; NORESTE: En 5 Mts., con la Calle C de la Urbanización; SUROESTE: En 5 Mts., con terrenos de la Sucesión Salazar Hernández. Parcelas que se encuentran ubicadas en la MANZANA II, cuya área total es de DOS MIL OCHOCIENTOS CINCO METROS CUADRADOS (2.805 Mts2), aproximadamente cuyos linderos generales son los siguientes: NOROESTE: En 80 Mts., con la Avenida I; SURESTE: En 85 Mts., con Avenida II de la Urbanización; SUROESTE: En 34 Mts., con la Calle C de la Urbanización y comprendidas por las Parcelas signadas como sigue: PARCELA 29, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida I, SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 60; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 30; SUROESTE: En 17 Mts., con la Calle C. PARCELA Nº 30, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida I; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 59; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 31; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 29. PARCELA Nº 31, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida I; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 58; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 32; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 30. PARCELA Nº 32, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida I; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 57; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 33; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 31. PARCELA Nº 33, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida I; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 56; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 34; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 32. PARCELA Nº 34, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida I; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 55; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 35; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 33. PARCELA Nº 35, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida I; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 54; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 36: SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 34. PARCELA Nº 36, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida I; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 53; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 37; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 35. PARCELA Nº 37, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida I; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 52; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 38; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 36. PARCELA Nº 38, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida I; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 51; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 39; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 37. PARCELA Nº 39, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORESTE: En 5 Mts., con la Avenida I; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 50; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 40; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 38. PARCELA Nº 40, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida I; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 49; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 41; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 39. PARCELA Nº 41, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida I; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 47; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 42; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 40. PARCELA Nº 42, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida I; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 47; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 43; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 41. PARCELA Nº 43, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida I; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela 46; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela 44; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 42, PARCELA 44, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida I; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 45; NORESTE: En 17 Mts., con la Calle B; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 43. PARCELA Nº 45, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 44; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; NORESTE: En 17 Mts., con la Calle B, SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 43; PARCELA Nº 46, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 43; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 45; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 47. PARCELA Nº 47, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 42; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 46; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 48. PARCELA Nº 48, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 41: SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida II: NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 47; SUROESTE; En 17 Mts., con la Parcela Nº 49. PARCELA Nº 49, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 40; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 48; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 50. PARCELA Nº 50, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 39; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 49; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 51. PARCELA Nº 51, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 38; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 50; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 52. PARCELA Nº 52. se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 37; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 51; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 53. PARCELA Nº 53, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 36; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 52; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 54. PARCELA Nº 54, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 35; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 53; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 55. PARCELA Nº 55, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 34; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 54; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 56. PARCELA Nº 56, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 33; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 55: SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 57. PARCELA Nº 57, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 32; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 56: SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 58. PARCELA Nº 58, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 31; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 57; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 59. PARCELA Nº 59, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 30; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 58; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 60. PARCELA Nº 60, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 29; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 59; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 61. PARCELA Nº 61, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con Áreas verdes de la Manzana II: SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela No 60; SUROESTE: En 17 Mts., con la Calle C. Parcelas que se encuentran ubicadas en la MANZANA III, cuya Área total es de TRES MIL TRESCIENTOS QUINCE METROS CUADRADOS (3.315 M2), aproximadamente, cuyos linderos generales son los siguientes: NOROESTE: En 95 Mts., con la Avenida II de la Urbanización; SURESTE: En 100 Mts., con Avenida II de la Urbanización; NORESTE: En 34 Mts., con la Calle B de la Urbanización; SUROESTE: En 34 Mts., con la Calle C de la Urbanización y comprendidas por las Parcelas signadas como sigue: PARCELA Nº 62, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 99; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 63; SUROESTE: En 17 Mts., con la Calle C. PARCELA Nº 63, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 98: NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 64; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 62. PARCELA Nº 67, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 94; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 68; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 66; PARCELA Nº 68, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 93; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 69; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 67. PARCELA Nº 71, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida Nº 2; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 90; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 72; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 70. PARCELA Nº 76, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 85; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 77; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 75. PARCELA Nº 79, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 82; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 80; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 78. PARCELA Nº 80, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida II; SURESTE: En 5 Mts. Con la Parcela Nº 81; NORESTE: En 17 Mts., con la Calle B; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 79. Parcelas que se encuentran ubicadas en la MANZANA IV, cuya área total es de TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO METROS CUADRADOS (3.825 Mts.2), aproximadamente, cuyos linderos generales son los siguientes: NOROESTE: En 110 Mts., con la Avenida III de la Urbanización; SURESTE: En 115 Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORESTE: En 34 Mts., con la Calle B de la Urbanización; SUROESTE: En 34 Mts., con la Calle C de la Urbanización y comprendida por las Parcelas signadas como sigue: PARCELA Nº 123, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 122; SURESTE: En 5Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORESTE: En 17 Mts., con la Calle B de la Urbanización; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 124. PARCELA Nº 124, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 121; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 123; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 125. Parcelas que se encuentran ubicadas en la MANZANA VIII, cuya área total es de TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Metros Cuadrados (3.230 Mts2), aproximadamente, cuyos linderos generales son los siguientes: NOROESTE: En 95 Mts., con la Avenida III de la Urbanización; SURESTE: En 95 Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORESTE: En 34 Mts., con la Calle A de la Urbanización; SUROESTE: En 34 Mts., con la Calle B de la Urbanización y comprendida por las Parcelas signadas como sigue: PARCELA Nº 222, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida III; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 259; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 223; SUROESTE: En 17 Mts., con la Calle B. PARCELA Nº 225, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE En 5 Mts., con la Avenida III: SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 256; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 226; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 224. PARCELA Nº 229, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida III; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 252; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 230; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 228. PARCELA Nº 232, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida III; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 249; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 233; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 231. PARCELA Nº 234, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Avenida III; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 247; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 235; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 233. PARCELA 236, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 245; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 237; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 235. PARCELA Nº 240, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts, con la Avenida III; SURESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 241; NORESTE: En 17 Mts., con la Calle A; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 239. PARCELA Nº 241, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 240; SURESTE En 5 Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORESTE: En 17 Mts., con la Calle A; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela No 242. PARCELA Nº 242, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 239; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 241; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 243. PARCELA Nº 243, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 238; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 242; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 244. PARCELA Nº 244, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 237; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 243; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 245. PARCELA Nº 245, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 236; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORTESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 244; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 246. PARCELA Nº 246, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 235; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 245; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 247. PARCELA Nº 247, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 234; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 246; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 248. PARCELA Nº 248, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 233; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 247; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 249. PARCELA Nº 249, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 232; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 248; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 250. PARCELA Nº 250, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 231; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 249; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 251. PARCELA Nº 251, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 230; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORESTE: En 17 Mts., En 17 Mts., con la Parcela Nº 250; SUROESTE: En 17 MTS., con la Parcela Nº 252. PARCELA Nº 252, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 229; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 251; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 253. PARCELA Nº 253, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 228; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 252; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 254. PARCELA Nº 254, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 227; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 253; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 255. PARCELA Nº 255, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 226; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 254; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 256. PARCELA Nº 256, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 225; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 255; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 257. PARCELA Nº 257, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 224; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 256; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 258. PARCELA Nº 258, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 223; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 257; SUROESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 259. PARCELA Nº 259, se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 5 Mts., con la Parcela Nº 222; SURESTE: En 5 Mts., con la Avenida IV de la Urbanización; NORESTE: En 17 Mts., con la Parcela Nº 258; SUROESTE: En 17 Mts., con la Calle B.- Dichos inmuebles fueron adquiridos por la parte demandada de la siguiente manera: El terreno según consta de documento Protocolizado ante el Registro Inmobiliario del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, en fecha 28 de Abril del Año 1994, bajo el Nº 39, Folios 173 al 177, Protocolo Primero, Tomo I, Segundo Trimestre de 1994; y, el Parcelamiento sobre él levantado, conforme se evidencia de Escritura Registrada, en fecha 10 de Mayo de 1996, bajo el Nº 24, Folios 116 al 147, Protocolo Primero, Tomo 11, Segundo Trimestre del Año 1996”.-
Se ordena expedir por Secretaría copias certificadas de la Transacción así como del presente auto que lo homologa.-
LA JUEZ TITULAR,

Dra. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY

LA SECRETARIA TITULAR,

Abg. LEOXELYS VENTURINI