REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 7 de Noviembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO: AP11-R-2009-000250

DEMANDANTE: Saida Coromoto Rivero Sánchez, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-5.891.177.


APODERADO JUDICIAL
PARTE DEMANDANTE: Héctor Arcia Aguilar y Andrés Enrique Betancourt Reque, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 4.832 y 59.971, respectivamente.


DEMANDADO: Katy del Carmen Torres de Mourenza, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V-10.348.671.


ABOGADO ASISTENTE
PARTE DEMANDANDA: Julio Cesar Bolívar Muñoz, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.931.

MOTIVO: Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento

Visto el anterior escrito de convenimiento, de fecha 25 de octubre de 2.011, suscrito por los ciudadanos Saida Coromoto Rivero Sánchez, actuando en su carácter de Albacea y co-heredera de la sucesión de la ciudadana Felicia Margarita Sánchez Mayora, debidamente asistida por el Abogado Andrés Enrique Betancourt Reque (antes identificados), por una parte y por la otra la ciudadana Katy del Carmen Torres de Mourenza, (anteriormente identificada), debidamente asistida por el abogado Julio Cesar Bolívar Muñoz, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y cumplidos como se encuentran los extremos legales contenidos en el artículo 264 del mismo cuerpo legal, este Tribunal, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DA POR CONSUMADO el CONVENIMIENTO anterior y, por consiguiente, se da por terminado el juicio, debiéndose considerar la presente providencia como Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.-

PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la Ciudad de Caracas, a los 7 de Noviembre de 2011. 201º y 152º.
El Juez,

Abg. César A. Mata Rengifo
La Secretaria

Abg. Inés Belisario Gavazut

En esta misma fecha, siendo las 11:21 AM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria

Abg. Inés Belisario Gavazut

CAMR/IBG/Oscar