REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
CARACAS, veintiuno (21) de noviembre de dos mil once (2011)
Años 201° y 152°

Tal y como fue ordenado en el dispositivo de la sentencia de fecha 18.11.2011, este Tribunal ordena remitir el presente expediente al Circuito Judicial Civil de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, a los fines de la prosecución de la presente acción de Amparo Constitucional. Líbrese oficio. Cúmplase.-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,

Abg. Richars Domingo Mata
VGJ/RDM/edward
EXP. N° 10.265







REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 21 de noviembre de 2011.-
Años 201° Y 152°

OFICIO Nº 2011-A-
CIUDADANO:
CIRCUITO JUDICIAL CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SU DESPACHO.-

Me dirijo a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, el expediente signado con el numero 10.265, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo de la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, sigue el ciudadano HAROLD GREGORIO GARCÍA BETANCOURT y la sociedad mercantil G.G.M. COMATIN C.A., contra el Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, constante de una (01) pieza de doscientos dos (202) folios útiles.-
Remisión que se le hace a usted, en virtud de la decisión dictada por este Tribunal en fecha 18.11.2011, que declinó la competencia por la materia.-
EL JUEZ,

Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
Exp: 10.265 VJGJ/edward.-