REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Expediente Nro. AP31-F-2010-002979
Sentencia Definitiva

SOLICITANTES: JOSEPH SAFFATI MIZRAHI y CLARA SIBONI ROZEZNIC, venezolano el primero y peruana la segunda, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-5.531.558 y E-81.092.250.

ABOGADO ASISTENTE: LEONARDO PARRA USECHE, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 27.008.

MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS (Conversión en Divorcio)

-I-
ANTECEDENTES

Comienza la presente solicitud de Separación de Cuerpos en fecha 1º de octubre del 2010, con la interposición de dicha solicitud por parte de los ciudadanos JOSEPH SAFFATI MIZRAHI y CLARA SIBONI ROZEZNIC, anteriormente identificados, debidamente asistidos para ese acto por el ciudadano LEONARDO PARRA USECHE, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 27.008.

Manifiestan los solicitantes que contrajeron matrimonio por ante el Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 25 de febrero del año 2010, según consta de acta de matrimonio número 92, del libro de matrimonios correspondientes al año 2010.

En su escrito de solicitud expresan que no procrearon hijos, y que adquirieron bienes muebles.
Fijaron como último domicilio conyugal la siguiente dirección: Avenida Principal de los Chorros, Conjunto Residencial Terrazas de Sebucán, Torre C1, Apartamento 31-C, Urbanización Sebucán, Municipio Sucre del Estado Miranda

En fecha 14 de octubre de 2010, este Juzgado decretó la Separación de Cuerpos de los cónyuges, en los mismos términos, fines y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con lo establecido en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el párrafo primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.

En fecha 18 y 21 de octubre del 2011, mediante diligencia los ciudadanos JOSEPH SAFFATI MIZRAHI y CLARA SIBONI ROZEZNIC antes identificados, asistidos por abogados, solicitaron la conversión en divorcio de la separación de cuerpos y bienes.

Como fundamento de su pretensión, los solicitantes presentaron junto con su escrito los siguientes instrumentos:

• Copia certificada de Acta de Matrimonio N° 92, del libro de matrimonio del año 2010, expedida por el Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, desprendiéndose de dicha acta que los ciudadanos JOSEPH SAFFATI MIZRAHI y CLARA SIBONI ROZEZNIC, contrajeron matrimonio en fecha 25 de febrero de 2010, por ante la Autoridad antes mencionada. Instrumento éste al que este Tribunal le otorgar de conformidad con el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil pleno valor probatorio y así se declara.
• Copia simple de los cheques distinguidos con los
• Cheque No. 74002048, de fecha 30 de Septiembre de 2010, contra el banco de Venezuela, a favor de la ciudadana CLARA SIBONI ROZEZNIC, por la cantidad de (Bs. 10.000,00). Se observa que dicho instrumento cambiario al no ser desconocido surte valor probatorio conforme lo previsto en los artículos 1.363, del Código Civil en concordancia con el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, quedo demostrado lo que de su contenido se evidencia; Y así se declara.
• Cheque No. 43421759 de fecha 28 de Septiembre de 2010, contra Banesco Banco Universal, a favor de la ciudadana CLARA SIBONI ROZEZNIC, por la cantidad de (Bs. 230.000,00). Observa quien aquí sentencia, que dicho instrumento cambiario al no ser desconocido surte valor probatorio conforme lo previsto en los artículos 1.363, del Código Civil en concordancia con el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, quedando demostrado lo que de su contenido se desprende; Y así se declara.
• Cheque No. 17-96885977 de fecha 29 de Septiembre de 2010, contra Banco Fondo Común, a favor de la ciudadana CLARA SIBONI ROZEZNIC, por la cantidad de (Bs. 39.000,00). Se observa que dicho instrumento cambiario al no ser desconocido surte valor probatorio conforme lo previsto en los artículos 1.363, del Código Civil en concordancia con el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, quedando demostrado lo que de su contenido se evidencia; Y así se declara.

-II-
MOTIVACION

Ahora bien, siendo la oportunidad legal para decidir este Tribunal hace las siguientes consideraciones:
PRIMERO: Con vista al procedimiento anterior, de las actas procesales se desprende que desde el 14 de octubre del 2010, fecha en la que fue acordada la Separación de Cuerpos de los cónyuges a que se contraen las presentes actuaciones, hasta la presente fecha ha transcurrido más de un año.
SEGUNDO: No existen pruebas en autos de que haya operado la reconciliación entre los cónyuges durante el referido lapso.
TERCERO: El artículo 185 del Código Civil, en su segundo y último aparte dice textualmente: “También se podrá declarar el divorcio por el transcurso de más de un año después de declarada la Separación de Cuerpos sin haber ocurrido en dicho lapso la reconciliación de los cónyuges. En este estado el Tribunal procediendo sumariamente y a petición de cualquiera de ellos declarará la conversión de separación de cuerpos en divorcio, previa notificación del otro cónyuge y con vista del procedimiento anterior”; de lo que se desprende que para que prospere la conversión en divorcio deben cumplirse ciertos requisitos.

Con base a lo antes expuesto y vista la manifestación de voluntad de ambos cónyuges de estar separados, así como el tipo de procedimiento no contencioso de jurisdicción voluntaria bajo análisis, este Tribunal observa que se han verificado todos los supuestos de hecho establecidos en el primer aparte del artículo 185 del Código Civil, verificándose de igual manera que transcurrió un (1) año después del decreto de separación de cuerpos, y que los ciudadanos JOSEPH SAFFATI MIZRAHI y CLARA SIBONI ROZEZNIC, anteriormente identificados, debidamente asistidos, comparecieron solicitando se declare la conversión en divorcio, de manera que la solicitud de conversión de separación de cuerpos y bienes en divorcio solicitada, en el presente caso, resulta es procedente en derecho; y ASI SE DECIDE.
-III-
DECISION

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre los ciudadanos: JOSEPH SAFFATI MIZRAHI y CLARA SIBONI ROZEZNIC, venezolano el primero y peruana la segunda, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-5.531.558 y E-81.092.250, y consecuencialmente, disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos por ante el Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas , en fecha 25 de febrero del año 2010, según consta de acta de matrimonio número 92, del libro de matrimonios correspondientes al año 2010.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las autoridades correspondientes a los fines de lo previsto en los artículos 475 y 506 del Código Civil.
Liquídese la comunidad conyugal
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la sala de éste Despacho Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los Once (11) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Once (2011). Años: 201º de la independencia y 152 de la federación.
LA JUEZ,


DRA. YECZI P. FARIA D
EL SECRETARIO,


AILANGER FIGUEROA

En la misma fecha siendo las Nueve y Cuarenta de la (9:40: a.m.), se registró y publicó la presente decisión.
EL SECRETARIO,
AILANGER FIGUEROA
Exp. Nro.AP31-F-2010-002979
YPFD/Af/br