Vista la transacción celebrada en fecha 04 de noviembre de 2011, por el abogado WILLIAMS ENRIQUE PALENCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.255, actuando en su carácter de apoderado judicial de la empresa FUNDACIÓN TELEVISORA VENEZOLANA SOCIAL (TVES), parte actora del presente juicio, por una parte y por la otra, la abogada ERNA SELLHORN NETT, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.867, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil ZAYCO C.A., parte demandada, este Tribunal observa:
Disponen los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, lo siguiente:
“La transacción tiene entre las partes la misma fuerza que la cosa juzgada.”
“Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución.”
Asimismo, el artículo 1.713 del Código Civil establece que la transacción, es un contrato por el cual las partes, mediante recíprocas concesiones, terminan un litigio pendiente.
En virtud de lo indicado anteriormente, este Juzgado considera que la Transacción celebrada por las partes en el presente proceso está ajustada a derecho, por lo que IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN, procediéndose como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo se acuerda expedir dos (02) juegos de copias certificadas de la transacción, de la presente homologación, una vez sean consignados los fotostatos requeridos a tales fines, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo definitivo del expediente. Cúmplase -
EL JUEZ,

Dr. JOSÉ EMILIO CARTAÑA ISACH.
LA SECRETARIA,

ABG. IVONNE M. CONTRERAS R.
Nota: En esta misma fecha, siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.), se publicó el anterior fallo con su inserción del mismo en lo autos del expediente.-
LA SECRETARIA,

ABG. IVONNE M. CONTRERAS R.

JECI/IMCR/Jerimy.