REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, cuatro (04) de noviembre de dos mil once (2011)
201º y 152º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-004929
PARTE ACTORA: MIRIAM ARRECHEDERA LAYA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nª 14036630
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: No compareció
PARTE DEMANDADA: MANUFACTURAS PURO Y SIMPLE C.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: MARIO LAREZ DIAZ, inscrito en el inpreabogado bajo el número 32.620
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, cuatro (04) de noviembre de dos mil once (2011), siendo las 11:00 am día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de que se anunció dicho acto en la Sala de comparecencia de los Juzgados on las formalidades de Ley, no compareciendo la parte actora ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, es decir, no compareció la parte demandante MIRIAM ARRECHEDERA LAYA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nª 1403663, ni sus apoderados judiciales. En este mismo sentido, se deja constancia de la comparecencia de la demandada MANUFACTURAS PURO Y SIMPLE C.A, representada judicialmente por su apoderado judicial el ciudadano MARIO LAREZ DIAZ, inscrito en el inpreabogado bajo el número 32.620. En consecuencia, vista la incomparecencia de la parte actora en el presente juicio y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dicta seguidamente el dispositivo del fallo, de la manera siguiente: PRIMERO: SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO EN LA ACCIÓN INCOADA POR MIRIAM ARRECHEDERA LAYA en contra de MANUFACTURAS PURO Y SIMPLE C.A. En consecuencia, SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Así se decide.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA

Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, cuatro (04) de noviembre de dos mil once (2011).


FRANCISCO JAVIER RÍO BARRIOS
EL JUEZ


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

EL SECRETARIO
Yorman García Martínez