REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuadragésimo Primero (41°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas

Caracas, treinta (30) de noviembre de dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO: AP21-S-2011-002133
Vistas las transacciones presentadas por los ciudadanos CORTESÍA JOEL, JEAN VILLALBA, CHIRINOS GREGORI, IVAN SILVEIRA, EDGAR COVA, JOSE IDROGO, ANTONIO CARVAJAL, ANDRES CASTRO, ALEXANDER VALDIVIETT, EDUARDO GONZALEZ, JORGE LOPEZ, ELOYSA VELASQUEZ, LUIS GUEVARA, LUIS CONTRERAS, LUIS LOPEZ, VICTOR LACHEA, LUZ CANACHE, RONNY LOPEZ, DEIVI RAMOS, parte oferida en el presente asunto, debidamente asistidos por la abogada CLAUDIA ILARRAZA, IPSA N° 130.059; y por el abogado SIMÓN JURADO BLANCO, IPSA N° 76.855, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente; mediante las cuales este último cancela a los ciudadanos: CORTESIA JOEL, titular de la cédula de identidad N°13.631.577, la cantidad de Bs.39.341,39, JEAN VILLALBA, titular de la cédula de identidad N° 14.499.545, la cantidad de Bs. 39.814,32, CHIRINOS GREGORI, titular de la cédula de identidad N° 19.345.542, la cantidad de Bs.66.387,89, IVAN SILVEIRA, titular de la cédula de identidad N° 14.751.683, la cantidad de Bs. 31.579,69, EDGAR COVA, titular de la cédula de identidad N° 14.283.910, la cantidad de Bs.84.757,40, JOSE IDROGO, titular de la cédula de identidad N° 18.581.123, la cantidad de Bs.45.743,87, ANTONIO CARVAJAL, titular de la cédula de identidad N° 18.905.117, la cantidad de Bs. 56.795,59, ANDRES CASTRO, titular de la cédula de identidad N° 14.072.437, la cantidad de Bs. 44.653,98, ALEXANDER VALDIVIETT, titular de la cedula de identidad N° 15.290.355, la cantidad de Bs. 67.544,25, EDUARDO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N°15.424.311, la cantidad de Bs.54.271,26, JORGE LOPEZ, titular de la cédula de identidad N° 15.933246, la cantidad de Bs. 14.156,03, ELOYSA VELASQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 20.764.589, la cantidad de Bs. 40.126,41, LUIS GUEVARA, titular de la cédula de identidad N° 15.289.518, la cantidad de Bs. 26.922,02, LUIS CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° 15.361.351, la cantidad de Bs.34.021,53, LUIS LOPEZ, titular de la cédula de identidad N° 18.776.325, la cantidad de Bs.51.836,18, VICTOR LACHEA, titular de la cédula de identidad N° 16.315.153, la cantidad de Bs.27.469,62, LUZ CANACHE, titular de la cédula de identidad N°15.576.308, la cantidad de Bs. 53.691,62, RONNY LOPEZ, titular de la cédula de identidad N°19.238.824, la cantidad de Bs.55.935,62, y DEIVI RAMOS titular de la cédula de identidad N° 15.361.963, la cantidad de Bs.48.651,31 respectivamente; declarando cada uno de los oferidos recibir los cheques que se especifican en los documentos transaccional y asimismo manifestando que nada más tienen que reclamar a la parte oferente, SODEXHO VENEZUELA ALIMENTACIÓN Y SERVICIOS, C.A., en razón de que con las presentes transacciones han quedado definitivamente liquidados todos los derechos, beneficios e indemnizaciones laborales que les corresponden, otorgándole a la misma el más completo y definitivo finiquito; en consecuencia este Juzgado en virtud que la misma no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacciones; dándole efecto de Cosa Juzgada, todo de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, se deja constancia que una vez conste en autos pagos en relación con los ciudadanos CORDOVA ROSA y RODRIGO MEDARNO, titulares de la cedula de identidades números 15.743.636 y 17.445.505, se ordenara el cierre y archivo del presente asunto. Así se establece.-

La Juez

La Secretaria
Abg. Migdalia Montilla

Abg. Adriana Bigott