REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuadragésimo Quinto (45º) Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, siete (07) de noviembre de dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO : AP21-S-2011-2017
PARTE OFERENTE: CORPORACION CLOROX DE VENEZUELA S.A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: LUIS ALFREDO HERNANDEZ MERLANTI , inscrito en el inpreabagado bajo el numero 35.656
PARTE OFERIDA: AMNERYS MARIA MEJIA PAREDES , titular de la cedula de identidad numero 4.900.036
ABOGADA QUE ASISTE A LA PARTE OFERIDA: JUAN PABLO HERNANDEZ , inscrito en el inpreabagado bajo el numero 124.535
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
Visto escrito de Transacción presentado por los ciudadanos AMNERYS MARIA MEJIA PAREDES , titular de la cedula de identidad numero 4.900.036, en su condición de parte oferida, asistido por la ciudadano: JUAN PABLO HERNANDEZ , inscrito en el inpreabagado bajo el numero 124.535 , y el ciudadano : LUIS ALFREDO HERNANDEZ MERLANTI , inscrito en el inpreabagado bajo el numero 35.656 , en su condición de apoderado judicial de la parte Oferente CORPORACION CLOROX DE VENEZUELA S.A.; este Juzgado Cuadragésimo Quinto (45º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto fue de Bs. F. 102.190.00; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Asi mismo se acuerdan las copias certificadas solicitadas por las partes. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión se ordenará dar por terminado el presente expediente y su remisión al archivo judicial. Así se establece.-
La Juez
Luisa Avila
La Secretaria
KEYU ABREU
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