REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecisiete (17) de octubre de dos mil once (2011)
201º y 152º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-004498
PARTE ACTORA: ITAL VENEZUELA AGUILAR
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYÓ
PARTE DEMANDADA: BFC BANCO FONDO COMUN BANCO UNIVERSAL
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOSUE VICENTE RODRIGUEZ
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy diecisiete (17) de octubre de dos mil once (2011), siendo las 9:00 A. M., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia que se encuentra presente el abogado JOSUE VICENTE RODRIGUEZ, inscrito en el IPSA bajo el No. 51.226, quien actúa como apoderado judicial de la parte demandada, BFC BANCO FONDO COMUN, BANCO UNIVERSAL, se deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadana ITAL VENEZUELA AGUILAR, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por medio de si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °. En esta misma fecha se publicó y diarizó la presente decisión.

EL JUEZ
EL SECRETARIO
ABG. JOSÉ FRANCISCO GONZÁLEZ LAMUÑO
ABOG. RONALD ARGUINZONES





APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA