REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero 3° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecinueve 19 de octubre de dos mil once 2011
201º y 152º
ASUNTO: AP21-L-2011-004988
Vista la diligencia de fecha 13.10.2011, presentada por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo, suscrita por la abogada DESIREE BRITO , en su carácter de apoderado judicial de la parte actora la ciudadana AFRICA PORRAS , en el juicio incoado contra la empresa INSOPESCA , mediante el cual DESISTE DEL PROCEDIMIENTO, esta Juzgadora después de revisar exhaustivamente la diligencia y comprobando que el mismo cumple con los requisitos exigidos en la Ley Orgánica del Trabajo, al no vulnerar derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, procede a su HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO en los mismos términos indicados por la parte actora, dándole efectos de Cosa Juzgada, en consecuencia, se por terminado el presente juicio y se ordena el cierre informático y el archivo del expediente. Cúmplase con lo ordenado.
La Juez
El Secretario
Abg. Leticia Morales Velásquez
Abg. Héctor Rodríguez
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