REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
201º y 152º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-004703
PARTE ACTORA: GUILLERMO PORTELA SANCHEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
PARTE DEMANDADA: RESTAURANT LA MARINA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MAURICIO CERVINI
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
En el día hábil de hoy veintiocho (28) de octubre de dos mil once (2011), siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, compareció el abogado MAURICIO CERVINI inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 45.898, actuando en su condición de apoderado judicial de la empresa demandada RAUL CLAR, C.A. (RESTAURANT LA MARINA), representación que acredita mediante presentación de instrumento poder en original ad efectum vivendi y copia para su consignación; Asimismo, se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadano GUILLERMO PORTELA SANCHEZ venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de Identidad Nº 1.003.994, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °.
El Juez
Abg. Leticia Morales Velásquez
Apoderado Judicial de la demandada
El Secretario
Héctor Rodríguez
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