ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-003883
PARTE ACTORA: RICHARD JOSE AZUAJE DIAZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
PARTE DEMANDADA: “COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A.”
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Alberto Lara
MOTIVO: ESTABILIDAD LABORAL

En el día hábil de hoy, miércoles veintiocho (28) de septiembre de 2011, día y hora fijado 11:00 a.m.) para que tenga la lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio de “CALIFICACIÓN DE DESPIDO”, incoado por el ciudadano: RICHARD JOSE AZUAJE DIAZ contra la demandada “COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A”. Seguidamente este Tribunal deja constancia de la comparecencia del ciudadano: ALBERTO LARA, titular de la cédula de identidad N° 12.916.999, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 137.068, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada “COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A”, según copia del poder que consigna en este acto ad efectum vivendi previa confrontación con su original, se deja constancia que la parte actora, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, compareció a la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que la parte demandada presentó escrito de pruebas al inicio de la audiencia, el cual fue devuelto. Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los veintiocho (28) días del mes septiembre de dos mil once (2011). PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 152° y 201°
El Juez


Abg. Franklin Porras Mendoza





El Presente

El Secretario
Abg. Héctor Rodríguez