REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, diecinueve de octubre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : AP21-S-2011-001879
Visto el escrito transaccional presentado en fecha trece (13) de octubre de dos mil once (2011) por la parte oferente: empresa FUNDACION HOSPITAL CARDIOLOGICO INFANTIL LATINOAMERICANO “DR. GILBERTO RODRIGUEZ OCHOA”, representado por su apoderado judicial el abogado en ejercicio CARLOS SANCHEZ, I.P.S.A. Nro. 114.069, y por la otra, la ciudadana YUSVELY ZORRILLA , titular de la cédula de identidad Nro. 14.048.089 en su carácter de parte oferida, debidamente asistida por la abogada en ejercicio ANGELA FERREIRA, I.P.S.A. Nro. 109.996, en el cual llegan a un acuerdo por la cantidad de Bs. 41.145,17, mediante cheques que declara recibir en el mismo acto; este Tribunal por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora ni normas de orden público, fue celebrada por personas debidamente facultadas para ello y contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y los derechos en ella comprendidos, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en uso de sus competencias legales HOMOLOGA la transacción; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
La Jueza
El Secretario
Abg. Olga Romero
Abg. Tomas Mejías
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