REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas Dieciocho (18) de Octubre de dos mil once (2011)
ASUNTO : AP21-S-2011-001932
Con vista a la demanda por oferta real de pago intentada por las empresas DISTRIBUIDORA PANTYTEX, C.A; DISTRIBUIDORA MAYTEX, C.A y DISTRIBUIDORA ESTRELLAS DEL MUNDO, C.A, a favor de la ciudadana NICAULI CAROLINA NAPOLEON FELIX C.I N° V- 23.635.916, este Tribunal luego de haber revisado la demanda, observa lo siguiente:
1.- Por auto de fecha Once (11) de Octubre de 2011, este juzgado ordeno subsanar el libelo por no llenarse en el mismo los requisitos previstos del articulo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, librándose la correspondiente boleta de notificación a las partes oferentes en fecha Trece (13) de Octubre de 2011 a los fines de que la parte oferente procediera a corregir el libelo de conformidad con el articulo 124 ejusdem, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a su notificación.
2.- En fecha 14 de Octubre de 2011 comparece por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la abogada JEANNETTE FUENTES inpreabogado Nº 85.744 en su carácter de apoderada judicial de la partes oferentes la cual consigna diligencia con argumentos que no llenan los extremos del articulo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Juzgado deja constancia de que la parte oferente no subsano la presente demanda tal como le fue solicitado por este Juzgado en fecha Once (11) de Octubre de 2011.
Por todo lo expuesto y dada la falta de subsanación de la parte oferente, que le fuera ordenado, este Juzgado Décimo Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución, de conformidad con el articulo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la INADMISIBILIDAD de la demanda por oferta real de pago interpuesta por las empresas DISTRIBUIDORA PANTYTEX, C.A; DISTRIBUIDORA MAYTEX, C.A y DISTRIBUIDORA ESTRELLAS DEL MUNDO, C.A, a favor de la ciudadana NICAULI CAROLINA NAPOLEON FELIX C.I N° V- 23.635.916.. En cumplimiento de lo dispuesto en la antes referida disposición legal, en el día de hoy Dieciocho (18) de Octubre de 2011 se diarizó y publico la presente decisión. Así se decide.
El Juez
El Secretario
Eduardo Núñez C.
Tomas Mejias.
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