REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL

Tribunal Decimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, Cinco (05) de Octubre de dos mil Once (2011)
201º y 152º

ACTA


N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2011-002092.
PARTE ACTORA: MARIA DEL CARMEN PROAÑO GAVILANES.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO.
PART DEMANDADA: JUNTA COORDINADORA DEL PROCESO DE LIQUIDACION DE INVERUNION BANCO COMERCIAL, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ROSAURA CUETO ANGRAND.
MOTIVO: DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy Cinco (05) de Octubre de dos mil once (2011), siendo la 11:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar en el presente juicio ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la abogada ROSAURA CUETO ANGRAND inpreabogado Nº 83.015 en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada la cual consigna poder de representación en copia simple previa certificación de su original constante de Once (11) folios, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Decimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 201 ° y 152 °.
El Juez

El Secretario

Abog. Eduardo Nuñez C.
Tomas Mejias.



APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA