REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Séptimo (17) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, cinco (05) de octubre de dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO: AP21-L-2011-003528

Visto el escrito de transacción presentado el 04 de octubre de 2011, por el abogado ANGEL ROJAS inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 88.662 en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano JHON MERVY ARAUJO MARIN, y el abogado VICTOR DURAN NEGRETE inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 51.163,en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada IL PICACCIO C.A cancelando este ultimo la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs F. 8.000,00) suma esta que es acordada por las partes que es pagada de la siguiente forma: mediante cheque Nro. 13000241 del Banco Venezuela de a favor del ciudadano JHON MERVY ARAUJO MARIN, por todos y cada uno de los conceptos ampliamente detallados en el escrito presentado, los cuales recibe manifestando estar conforme con la cantidad señalada, por todos y cada uno de los conceptos ampliamente detallados en el escrito presentado, en consecuencia este Juzgado Décimo Séptimo (17) de Sustanciación, Medicación y Ejecución de este Circuito Judicial, visto que el acuerdo al que llegaron las partes no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, LO HOMOLOGA, dándole efecto de cosa juzgada.

LA JUEZ

ABG. LUISA ROSALES


EL SECRETARIO
ABG. LUIS BARRANCO
En esta misma fecha se publico y registro la anterior decisión.-
EL SECRETARIO
ABG. LUIS BARRANCO