REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Noveno (19°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del
Área Metropolitana de Caracas
Caracas, siete (07) de octubre del año dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO: AP21-L-2011-002744
Visto el escrito Transaccional, presentado por la abogada YLENY DURAN MORILLO, IPSA N° 91.732, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos SABINO ANTONIO LOPEZ y YORMAN ALEXANDER HERRERA, parte actoras en el presente procedimiento, y la abogado CARMEN LUISA MARTINEZ, IPSA No. 26.697, en su carácter de apoderada judicial de la empresa demandada EL AREPAZO DEL ROSAL 46 C.A., constante de un (01) folios útiles y su vuelto, mediante la cual dejan constancia del único pago mediante dinero en efectivo y moneda de curso legal entregándole al ciudadano SABINO ANTONIO LOPEZ, la cantidad de dos mil bolívares exactos (Bs. 2.000,00) y YORMAN ALEXANDER HERRERA la cantidad de dos mil bolívares exactos (Bs. 2.000,00), asimismo ambas partes solicitan la homologación del presente asunto, este Juzgado previa revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a los referidos profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. Todo en la demanda que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES han incoado los ciudadanos SABINO ANTONIO LOPEZ y YORMAN ALEXANDER HERRERA contra la empresa EL AREPAZO DEL ROSAL 46 C.A. -


La Juez,
El Secretario,
Abg. Jhacnini Torres
Abg. Arturo Yaggia