REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Segundo de Primera Instancia de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 26 de octubre de dos mil once
198º y 147º
ASUNTO: AP21-L-2009-1522
PARTE ACTORA: ALDRIL JOSE GUTIERREZ, DIZARKY ARIAS SANTOS, OSWALDO RAFAEL BLANCO, LUIS SARAVIA, RAMON CARBONELL, CARLOS RAMIREZ, ANGEL ALIRIO GODOY, JOSE RIVERA, WILFREDO ROA, JOEL MENDOZA, LUIS LOPEZ, GUSTAVO NUÑEZ, IBAN JOSE MACHADO, JOHAN HERNANDEZ y EDGAR BORGES,
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: AMERICA GREY CASTRO abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo el números 68.107
PARTE DEMANDADA: JUNTA LIQUIDADORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE HIPODROMOS.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: YAIROBI CARRASQUEL LEÓN, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 80.824.
Se inicia el presente procedimiento de cobro de Prestaciones Sociales hecha por la demandante, en fecha 24 de marzo de 2009
En fecha 27 de marzo de 2009 ,este Tribunal procedió a admitirlo librándose los respectivos carteles y el oficio dirigido a la Procuraduría General de la Republica, concediéndole la suspensión de los 90 días a que se refiere el Art 96 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República.
En fecha dos de noviembre de 2009, este Tribunal ordeno nuevamente la notificación de las partes, en virtud que se había perdido la estadía de derecho.
En fecha diez de agosto de dos mil diez, fue designada Juez temporal la abogado luisa Rosales, en virtud del reposo medico de la Juez titular y ordeno la notificación de su abocamiento,
Consta en el expediente la notificación de la Procuraduría General de la República en fecha 15 de octubre de 2010 y de la del Instituto Nacional de Hipódromos en fecha 05 de octubre de 2010.
Por su parte, el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla:
“Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes…”
En tal sentido, en el caso de marras, desde la fecha en que se practico la última de las notificaciones realizadas a la Procuraduría General de la República, 15 de octubre de 2011, ha transcurrido más del año según lo establecido en la mencionada norma.
Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Vigésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de conformidad con lo previsto en el artículo 202 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio incoado por los ciudadanos ALDRIL JOSE GUTIERREZ, DIZARKY ARIAS SANTOS, OSWALDO RAFAEL BLANCO, LUIS SARAVIA, RAMON CARBONELL, CARLOS RAMIREZ, ANGEL ALIRIO GODOY, JOSE RIVERA, WILFREDO ROA, JOEL MENDOZA, LUIS LOPEZ, GUSTAVO NUÑEZ, IBAN JOSE MACHADO, JOHAN HERNANDEZ y EDGAR BORGES, contra la JUNTA LIQUIDADORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE HIPODROMOS.
No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo.
PUBLIQUESE y REGISTRESE.
La Juez
Abog. Beatriz Pinto C
El Secretario
Abog. Héctor Mújica
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