REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 20 de octubre de 2011
201º y 152º
ASUNTO N° AF41-U-2004-000043.- INTERLOCUTORIA Nº 122.-
ASUNTO ANTIGUO N° 2300.-
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 11 de octubre de 2011, por la ciudadana BETZAYDA VERA TORREALBA, titular de la cédula de identidad N° 11.202.540 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 58.907, actuando en su carácter de sustituta del ciudadano Procurador General de la República, agregado al expediente mediante auto de fecha 13 de octubre de 2011, conforme lo prevé el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, aplicable a estos procesos por remisión expresa del artículo 273 del vigente Código Orgánico Tributario, y siendo la oportunidad prevista en el artículo 270 ejusdem, por cuanto las pruebas en su contenido no son manifiestamente ilegales ni impertinentes en los términos abajo expuestos, el Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
La evacuación de las pruebas promovidas se realizara de la siguiente manera:
1.- PRUEBAS DOCUMENTALES: Fueron agregados a los autos, los documentos promovidos anexos al escrito de promoción de pruebas, señalados en el capítulo I del mismo.
El Juez Provisorio,
Abg. Javier Sánchez Aullón.
El Secretario Titular,
Abg. Félix José España González.-
ASUNTO AF41-U-2004-000043.-
ASUNTO ANTIGUO N° 2300.-
JSA/marcos.-
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