REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 05 de octubre de 2011
201º y 152º

ASUNTO: AP41-U-2011-000170.- INTERLOCUTORIA Nº 113.-
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Visto el recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos en fecha 27 de abril de 2011, por el ciudadano JESÚS FARIÑAS ORSETTI, titular de la cédula de identidad Nº 5.220.978 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 54.002, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente “PDVSA GAS, S.A.” antes denominada CEVEGAS, C.A.; en contra de la Resolución Nº SNAT/INTI/GRTICERC/DJT/2010/0131-5533 de fecha 15 de diciembre de 2010, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso jerárquico interpuesto en fecha 16 de octubre de 2008 por la contribuyente supra mencionada, en contra de la Resolución de Imposición de Sanción y Determinación de Intereses Moratorios Nº SNAT/INTI/GRTICERC/DR/ACOT/RET/2008/109 de fecha 21 de agosto 2008, notificada en fecha 17 de septiembre de 2008, emitida por la División de Recaudación de la mencionada Gerencia, y en consecuencia:

SE ANULÓ, de conformidad con el artículo 239 del Código de Orgánico Tributario vigente, el acto administrativo correspondiente a la primera quincena del período impositivo 11/2006 contenido en la Resolución antes mencionada, por la cantidad de 6.079,31 U.T. equivalentes a la cantidad de Bs.F. 279.648,26 por concepto de multa, tomando en consideración el valor de la unidad tributaria vigente al momento de la comisión del ilícito; y la cantidad de Bs.F. 6.581,87, por concepto de intereses moratorios, par un total de Bs.F. 286.230,13, tal y como se indica a continuación:
Período Quincena Planilla de Liquidación Notificación Multa U.T. Multa Bs.F. Intereses Moratorios en Bs.F.
NOVIEMBRE
2006 1
111001227007228

110012380064214
0008015007228

0080150006421 6.079,31 279.648,26 6.581,87
TOTAL 279.648,26 6.581,87
TOTAL GENERAL 286.230,13


SE CONFIRMÓ el acto administrativo contenido en la Resolución supra identificada, por la cantidad de 102.633,73 U.T. por concepto de multa, calculada al valor de la unidad tributaria vigente al momento del pago, de conformidad a lo establecido en el Parágrafo Segundo del artículo 94 del Código Orgánico Tributario, y la cantidad de Bs.F. 93.519,68 por concepto de intereses moratorios, tal y como se indica a continuación:

Período Quincena Planilla de Liquidación Notificación Multa U.T. Intereses Moratorios en Bs.F.

ENERO
2004
2 111001227007233

111001238006426 0008015007233

0008015006426 2.365,24 1.773,46

FEBRERO
2004
1 111001227007225

111001238006418 0008015007225

0008015006418 6.043,91 5.555,47

FEBRERO
2004
2 111001227007225

111001238006423 0008015007230

0008015006423 1.273,81 1.128,22

ABRIL
2004
2 111001227007230

111001238006416 0008015007223

0008015006416 28.011,72 25.755,96

MAYO
2004
2 111001227007224

111001238006417 0008015007224

0008015006417 10.335,14 9.098,56

JUNIO
2004
2 111001227007222

111001238006415 0008015007272

0008015006415 3.707,61. 3.304,21

AGOSTO
2004
1 111001227007220

111001238006413 0008015007220

0008015006413 3.608,72 3.266,49

SEPTIEMBRE
2004
1 111001227007227

111001238006420 0008015007227

0008015006420 9.947,28
8.537,08



DICIEMBRE
2004
1 111001227007221

111001238006414 0008015007221

00080150064214 9.863,57 8.101,31

DICIEMBRE
2004
1 111001227007231

111001238006424 0008015007231

0008015006424 293,25 243,23

ENERO
2005
1 111001227007219

111001238006412 0008015007219

0008015006412 4.909,22 4.112,97

FEBRERO
2005
1 111001227007226

111001238006419 0008015007226

0008015006419 10.723,06 10.659,62

MARZO
2005
1 111001227007232

111001238006425 0008015007232

0008015006425 6.217,07 6.208,17

NOVIEMBRE
2006
1 111001227007229

111001238006422 0008015007229

0008015006422 5.334,13 5.814,91
TOTAL 102.633,73 93.519,19

Estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente recurso contencioso tributario, el Tribunal observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus artículos 259, 260, 261, 262 y 266, a saber: se trata de actos administrativos recurribles en la vía jurisdiccional, impugnados por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés del recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante del contribuyente y no consta en autos oposición alguna, este Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario ADMITE dicho recurso contencioso tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, procédase a su tramitación y sustanciación de conformidad con los artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario vigente, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1er) día de Despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la Administración Tributaria. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Órgano Jurisdiccional en Caracas, a los cinco (05) días del mes de octubre del año dos mil once (2011). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-
El Juez Provisorio,

Abg. Javier Sánchez Aullón.

El Secretario Suplente,

Abg. Genaro Arturo Bolívar Puerta.-





ASUNTO Nº AP41-U-2011-000170.-
JSA/ith.-