REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 7 de Octubre de 2011
201º y 152º

ASUNTO: AH14-X-2011-000033
Se abre el presente CUADERNO DE MEDIDAS a los fines de proveer la medida de secuestro solicitada por MILAGROS ZAPATA DE PEREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 57.509, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, sobre el bien mueble objeto del presente litigio; este Juzgador a los fines de proveer la medida solicitada en el Juicio por Interdicto Civil, que siguen los ciudadanos ROSA ISELA ACOSTA VILLARROEL Y OMAR JOSE DAVILA ACOSTA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros.: V- 10.812.071, y V- 17.285.841, respectivamente, contra el ciudadano PEDRO ANTONIO DAILA SERRANO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad V- 9.489.383, en consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en los Artículos 585 y 599, ordinal Segundo del Código de Procedimiento Civil, DECRETA MEDIDA DE SECUESTRO sobre el siguiente bien mueble: Vehiculo marca FIAT; Modelo: ADVENTURE 1.8L 8V; Placa: AHB-18T; Color: Blanco Bianchisa; Año: 2007; Serial Carrocería: 9BD13531882061226; Serial Motor: L30309780; Clase: Automóvil; Tipo: SEDAN; Uso: Particular; Puerto de Entrada: La Guaira; Capacidad: 5 Puestos; Fecha de Compra: 02 de octubre de 2007, con Reserva de Dominio a favor de Banco Banesco, Banco Universal C.A.; Concesionario Vendedor: Automóviles Euromarca, C.A.- Quedan a salvo los derechos de terceros sobre el bien objeto de la presente medida. A los fines de la práctica de la Medida se acuerda oficiar al Instituto Nacional de Transito y Transporte Terrestre (I.N.T.T.T.). Así mismo se insta a la parte actora a consignar en el Cuaderno de Medidas Copias del Libelo de demanda y de su auto de admisión.- Cúmplase.-
El Juez

Abg. Carlos A. Rodriguez Rodriguez

El Secretario Accidental

Abg. Jan Lenny Cabrera Prince




Hora de Emisión: 9:45 AM
Asistente que realizo la actuación: LB