REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 31 DE OCTUBRE DE 2011.-
Años 201° Y 152°

Recibido el presente expediente proveniente del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, este Tribunal observa:
Por cuanto en fecha 03 de octubre de del 2011, se remitió la presente incidencia al Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, bajo el oficio 2011-A-0216, a los fines de su distribución. Ahora bien, en virtud que en él mismo se cometió un error involuntario en la cantidad de folios que conforman la presente causa, este Tribunal ordena subsanar el presente error. En consecuencia, se le impone al Secretario de este Juzgado salvar las enmendaduras de conformidad con el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil, y una vez subsanado, se ordena remitir al Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción Judicial, para que sea decidida la presente inhibición. Líbrese el correspondiente oficio.
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
EL SECRETARIO

ABG. RICHARS DOMINGO MATA
Quien suscribe RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja expresa constancia que; la foliatura enmendada o corregida a partir de los folios 37 al 41 .“VALEN”. Caracas, 31 treinta y uno (31) días de octubre de dos mil once (2011).-
EL SECRETARIO

ABG. RICHARS DOMINGO MATA.






























REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 31 DE OCTUBRE DE 2011.-
Años 201° Y 152°

Oficio N°2011-A-
Ciudadano:
JUEZ SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Su Despacho


Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio, el expediente Nº 10033, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo de la Inhibición, formulada por quien suscribe, en el juicio que por Daño Moral, sigue Vale Canjeable Ticketven, C.A, contra Todoticket 2004, C.A; constante de una (01) pieza de cuarenta y cuatro (44) folios útiles

Remisión que se hace, a los fines consiguientes


El Juez,


Dr. Víctor José González Jaimes


VGJ/RM/kelly
EXP: 10033