REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 17 de octubre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: AP31-S-2011-009242
Vista la solicitud de SESION DE DERECHOS presentada en fecha 04 de Octubre de 2011, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por el Abogado GARY LUIS CERDA TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 162.294, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano EDUARDO OLINTO PALUMBO SALAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-13.735.792, por medio de la cual solicita la homologación del documento de sesión de derechos debidamente notariado por ante la Notaría Vigésima del Municipio Libertador del Distrito Capital, inserto bajo el N° 43, Tomo 83 de los Libros de Autenticación llevados por ante esa Notaría, este Tribunal a los fines de proveer lo solicitado observa:

Conoce este Juzgado del escrito de SESION DE DERECHOS y sus recaudos presentado por el Abogado GARY LUIS CERDA TORRES, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano EDUARDO OLINTO PALUMBO SALAS, supra identificados; este Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, le imparte su debida HOMOLOGACIÓN en los siguientes términos:

En virtud de la cesión que hace el ciudadano EDUARDO OLINTO PALUMBO SALAS, antes identificado, en todas y cada una de sus partes del cincuenta por ciento (50%) de los derechos que le corresponden sobre un inmueble conformado por una casa destinada a vivienda familiar, construido sobre una parcela de terreno identificada con los siglas Nº E y el inmueble sobre ella construido, que forma parte de un Conjunto Habitacional denominado VIRGEN DEL VALLE, situado dentro de la URBANIZACIÓN MIRADOR DEL BOSQUE, ubicado en la población de Cúa del Municipio Urdaneta en el Estado Miranda.- Dicho inmueble tiene una superficie aproximada de CIEN METROS CUADRADOS (100 Mts2) y consta de las siguientes dependencias: Planta Baja; Salón-Comedor; Cocina; Baño y espacio para Labores de Servicio: Planta Baja; Dormitorio Principal con estar intimo convertible, Dormitorio Secundario; Baño y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En una distancia de cuatro metros (4mts) con área recreacional; SUR: En una distancia de cuatro metros (4 mts) con calle El Catire, Sector Villas del Bosque; ESTE: Con parcela E-4; y OESTE: Con parcela E-2. cada parcela le corresponde un porcentaje individual de UN ENTERO DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS DIEZ MILÉSIMAS POR CIENTO (1,2.782%) SOBRE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PARCELAMIENTO.- Los linderos, medidas, porcentajes y demás determinaciones antes expresados constan en el documento de parcelamiento protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios Urdaneta y Cristóbal Rojas del Estado Miranda, en fecha 27 de Junio de 2005, bajo el Nº 49, Tomo Vigésimo Tercero. Protocolo Primero y su Reparecelamiento o Aclaratoria debidamente protocolizada ante la precitada Oficina de Registro, en fecha 23 de Mayo de 2006, bajo el Nº 12, Tomo 17, Protocolo Primero.-

Regístrese, publíquese y déjese copia de la presente decisión.-

Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, adscrito al Circuito Judicial de los Juzgados de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en los Cortijos de Lourdes a los diecisiete (17) días del mes de Octubre del año dos mil once (2011).- Años 201º de la Federación y 152º de la Federación.-
EL JUEZ,

ABG. VÍCTOR MARTÍN DÍAZ SALAS.-
LA SECRETARIA,

ABG. NANCY TIRADO JARAMILLO.-

En esta misma fecha 17 de Octubre de 2011, siendo las 9:41 a.m., se dictó y publicó la anterior sentencia previa las formalidades de Ley.- Conste.-

LA SECRETARIA,

ABG. NANCY TIRADO JARAMILLO
VMDS/NTJ/Bárbaraph.-
EXP. Nº AP31-S-2011-009242