REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, once (11) de Octubre de dos mil once
201º y 152º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-005527
PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO MANZANILLA
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: ISAMIR PIERINA GONZALEZ NIÑO
PARTE DEMANDADA: GRUPO SAN BENTO (FONDO DE COMERCIO BRASA RESTAURANT SANTA MONICA
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: LIBNA ELENA MOTTA REINA
MOTIVO: BENEFICIOS LABORALES.

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
En el día hábil de hoy, 11 de Octubre de 2011, siendo las 02:00 P.M, día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma, la ciudadana LIBNA ELENA MOTTA REINA, abogada inscrita en el IPSA bajo el Nos: 43.750, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada en la presente causa “GRUPO SAN BENTO” (FONDO DE COMERCIO BRASA RESTAURANT SANTA MONICA) tal como consta de documento poder que corre inserto en los autos. En este estado, el Tribunal deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadano JOSE GREGORIO MANZANILLA NAVA, ni por si, ni por interpuesto apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 201° y 152°.
El Juez,

Abog. Danilo Serrano

Apoderado Judicial de la Parte Demandada



El Secretario
Abog. Geraldine Gudiño
AP21-L-2010-005527
Ds/jg