REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
 
 
ACTA
 
 
	
 
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-000134
 
PARTE ACTORA: JIM ROBERT CHACON SOLANO
 
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NANCY GONZALEZ y otros.-
 
PARTE DEMANDADA: SEGUROS BANVALOR, C.A.,
 
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ELENA ALEJOS
 
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
 
 
En el día hábil de hoy diecisiete (17) de octubre de dos mil once (2011), siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada JUNTA LIQUIDADORA DE SEGUROS BANVALOR, C.A., en la persona de la ciudadana ELENA ALEJOS, abogada inscrita en el IPSA bajo el N° 140.826, apoderada judicial de la empresa accionada, debidamente acreditada en autos; así mismo, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno,  por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °.
 
 
  
 
El Juez
 
 
Abg. Juan Carlos Medina
 
La apoderada de la accionada
 
 
 
 
 
El Secretario
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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