REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Tribunal Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 
Caracas, cuatro (04) de octubre de dos mil once (2011)
 
201º y 152º
 
ACTA
 
	
 
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-003840
 
PARTE ACTORA: RAFAEL ANTONIO SANDOVAL
 
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYÓ
 
PARTE DEMANDADA: CORPORACION DE SERVICIOS DEL DISTRITO CAPITAL.
 
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JANETH CAROLA COLINA
 
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
 
 
En el día hábil de hoy cuatro (04) de octubre de dos mil once (2011), siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia de la representación judicial de la parte accionada la CORPORACIÓN DE SERVICIOS DEL DISTRITO CAPITAL, S.A., en la persona de la ciudadana JANETH CAROLA COLINA, abogada inscrita en el IPSA bajo el N° 22.028, apoderada judicial de la empresa demandada, carácter el suyo que consta de instrumento poder el cual es consignado en este acto en copias simples de cinco folios, así mimo, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °.
 
  
 
El Juez
 
 
Abg. Juan Carlos Medina
 
 
La apoderada Judicial de la parte Demandada
 
 
 
 
 
El Secretario
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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