REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuadragésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 06 de octubre de dos mil once
201º y 152°

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-004208
PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO HERNANDEZ
ABOGADO QUE ASISTE A LA PARTE ACTORA: IULIAM GUTIÉRREZ
PARTE DEMANDADA: ALIMENTOS POLAR COMERCIAL C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTES DEMANDADA: SIBEYA GARTNER y OTROS
MOTIVO: ENFERMEDAD OCUPACIONAL

Visto escrito de Transacción de fecha 30 de septiembre de 2011, suscrito por los ciudadanos: IULIAM GUTIÉRREZ, abogado, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°168.983, quien asiste a la parte Actora ciudadano JOSE GREGORIO HERNANDEZ, cédula de identidad NºV- 6.867.9667 y por la otra parte la ciudadana SIBEYA GARTNER ALVAREZ, abogada, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°78.179, en su condición de apoderada judicial de la parte Demandada ALIMENTOS POLAR COMERCIAL C.A.; este Juzgado Cuadragésimo Primero (41°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción; dándole efectos de Cosa Juzgada, salvo en lo establecido en la cláusula séptima de dicha transacción que alude al desistimiento de la acción por parte del Accionante; cuyo monto fue por Bs.F.77.616,00; todo de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se ordenará dar por terminado el presente expediente y su consecuente remisión al archivo judicial. Así se establece.-
La Juez

Abg. Migdalia Montilla
La Secretaria
Abg. Adriana Bigott