REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 10 de Octubre de 2011
Año 201° y 152°


ASUNTO N°: AP21-L-2011-004253

Vista la transacción presentada en fecha 28 de septiembre de 2011, suscrita por el ciudadano JOSE REINALDO PEREZ MONTH, titular de la cédula de identidad Nº 13.405.740, debidamente asistido por el abogado EDGAR SARCOS, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 107.582, por una parte y por la otra la abogada FREDDA LINARES MARCANO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 59.563, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil PIZZA’S HOUSE RISTORANTE PIANO DISCO RED PARROT, C.A., mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de NOVENTA MIL BOLIVARES (Bs.90.000,00), cancelados mediante cheque Nº 00608174, de la cuenta Nº 0138-0011-15-2120210102, de fecha 27 de Septiembre de 2011, girado contra el Banco Plaza, a nombre de JOSE REINALDO PEREZ MONTH, este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.
LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO


LA SECRETARIA

MARIANDREA GONZALEZ