República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecinueve (19) de septiembre de dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO: AP21-L-2005-000336
PARTE ACTORA: MAYRA ALEJANDRA ITRIAGO GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 13.944.224.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: PEDRO RODOLFO GUTIERREZ, TAHIDEE GUEVARA y GABRIELA SANLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, inscritos en el Inpreabogado bajo los n° 28.524, 99.059 y 104.906, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS, Instituto Autonomo creado mediante Decreto Ley N° 1.279 del 18 de abril de 2001, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.200 del 2001, posteriormente reformado mediante Decreto Ley 1.509 de fecha 01 de noviembre de 2001, publicada en Gaceta Oficial N° 37.321 del 09 de noviembre de 2001.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: OMAR ANTONIO DIAZ, SORANGEL DEL VALLE GARCIA, EHIRA MARGARITA ROJAS, HORTENSIA GOMEZ PACHECO, ELIZABETH PADRON FERMIN, SEILER JOSEFINA JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 49.796, 44.537, 64.279, 25.296, 87.516 y 62.717, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
I
ANTECEDENTES
Se recibió el presente expediente por distribución, proveniente del Juzgado Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en fecha 03 de noviembre de 2005. En fecha 10 de noviembre de 2005, se admitieron las pruebas promovidas por las partes y se fijó la oportunidad para celebrar la audiencia de juicio.
En sucesivas oportunidades por solicitud de las partes este Juzgado suspendió la celebración de la audiencia de juicio, por no constar a los autos las resultas de las pruebas de informes.
En fecha 21 de octubre de 2010, quien suscribe se aboco al conocimiento de la presente causa, ordenando la notificación de las partes para la consecución del presente asunto.
II
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR
Ahora bien, de la revisión de las actas procesales se evidencia que desde el 10 de junio de 2009, hasta el día de hoy, 12 de abril de 2011, inclusive, ha transcurrido un (01) año y diez (10) meses, sin que hubiese impulso alguno en el presente juicio, por parte de la parte actora.
Con fundamento en lo preceptuado en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a cuyo tenor se dispone:
“Artículo 201.- Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...”
Y luego de advertir este Tribunal el transcurso de más de un año de paralización de la causa, sin que ninguna de las partes realizara actuación alguna tendiente al impulso del proceso, con lo cual se produjo su detención prolongada, este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: Primero: CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el juicio seguido por Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por la ciudadana MAYRA ALEJANDRA ITRIAGO GUTIERREZ contra INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Juicio de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los diecinueve (19) días del mes de Septiembre de dos mil once (2011). Años 200º de la Independencia y 152º de la Federación.
EL JUEZ
ABG. MANUEL ALEJANDRO FUENTES
LA SECRETARIA
En el mismo día de despacho de hoy, previo el anuncio de Ley, se publicó y registró la anterior decisión siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.)
LA SECRETARIA
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