REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
201º y 152º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-003712
PARTE ACTORA: JOSE ALEXANDER RANGEL RANGEL
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
PARTE DEMANDADA: FRIGORIFICO EL EXCELSIOR, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JUSTO DELGADO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy diecinueve (19) de septiembre de dos mil once 2011, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, compareció el abogado JUSTO DELGADO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 89.521, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte demandada FRIGORIFICO EL EXCELSIOR, C.A. y de los ciudadanos ANTONIO GREGORIO FERNANDEZ GONCALVES y TEAGO FERNANDEZ GONCALVES, representación que acredita mediante presentación de instrumentos poder en original ad efectum vivendi y copias para su consignación, igualmente, consigna en este acto tres (3) escritos de promoción de cada uno de los demandados. Asimismo, se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadano JOSE ALEXANDER RANGEL RANGEL, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °.

La Juez

Abg. Leticia Morales Velásquez




Apoderado Judicial de la parte Demandada






El Secretario