ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-003624
PARTE ACTORA: EDWIN DEIBI CHACON PRINCIPAL
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:………………….
PARTE DEMANDADA: CAVENAS
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: VICTOR RON
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

En el día hábil de hoy, veintiuno de septiembre de dos mil once, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar; situación contraria con la parte demandada que compareció por intermedio de su apoderado judicial, abogado en ejercicio VICTOR RON, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 127.968; quien acredita la representación mediante la consignación de copia fotostática de instrumento poder (previa confrontación con el original, por la Juez de este Despacho); por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °.


El Juez


Abg. Neyiree Toledo
Parte Demandada



El Secretario