REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Decimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, Veintiseis (26) de Septiembre de dos mil Once (2011)
201º y 152º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2010-005690.
PARTE ACTORA: DOUGLAS RAFAEL GARCIA TORREALBA.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO.
PART DEMANDADA: BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYO.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día hábil de hoy Veintiseis (26) de Septiembre de dos mil once (2011), siendo la 1:00 p.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar en el presente juicio ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la abogada MARJORIE REYES HERNANDEZ inpreabogado Nº 118.267. Este Juzgado revisada las actas procesales que conforman el presente expediente observa que no consta poder de representación que acredite a la abogada MARJORIE REYES HERNANDEZ como apoderada judicial de la parte demandada, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Decimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 201 ° y 152 °.
El Juez
El Secretario
Abog. Eduardo Nuñez C.
Tomas Mejias.
La compareciente.