REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DÉCIMO NOVENO (19°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
CARACAS, DIECINUEVE (19) DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)
201º Y 152º

ASUNTO: AP21-L-2011-004025

Visto el escrito Transaccional, consignado en fecha 10 de agosto de 2011, por los abogados, JOSÉ ALBERTO PRIETO QUINTERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 99.324, apoderado judicial del ciudadano ISIDORO ANTONIO REVAS SIERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.596.671, parte actora en el presente procedimiento, y HUMBERTO JOSE ANTOLINEZ VARGAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 102.268, apoderado judicial de la sociedad mercantil, C.A. INDUSTRIA VENEZOLANA ELECTRO-TECNICA (CAIVET), plenamente identificada en autos, parte demandada en el presente procedimiento; constante de cuatro (4) folios útiles, y quince (15) anexos, mediante el cual declaran las partes, que transigen el presente juicio, en los términos en el expuesto; asimismo con vista al cheque de Gerencia N° 00177038, del Banco Provincial, por la suma de CIEN MIL BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs.F 100.000,00), consignado en copia fotostática; este Juzgado previa revisión de las facultades de disposición conferidas a las representaciones judiciales en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes, y por cuanto los términos de la Transacción celebrada, no vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con el artículo 10 de su Reglamento, le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA; en consecuencia da por terminado el presente procedimiento, y ordena el cierre informático de la causa y el archivo del expediente. Y así se decide.

ABG. JHACNINI TORRES
JUEZ
ABG. ARTURO YAGGIA
SECRETARIO