REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Octavo (8º) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes

Caracas, 21 de septiembre de 2011


ASUNTO: AP51-J-2011-014298

SOLICITANTE: ALEXANDRA IRAIS HERNANDEZ PATINEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 18.330.147.
ABOGADO ASISTENTE: MARIA SILVA, inscrita en el Inpreabogado N° 144.411.
ADOLESCENTE: SE OMITEN DATOS, de quince (15) años de edad.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

Vistas las anteriores actuaciones promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de los testigos, ciudadanos ALEJANDRO ISAAC PATINEZ y ELIZABETH PATINEZ QUIJANO, plenamente identificados en autos (f. 14 y 15 ) y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor del adolescente SE OMITEN DATOS, de quince (15) años de edad, y de los ciudadanos ALEXANDRA IRAIS HERNANDEZ PATINEZ y BLADIMIR GILBERTO BLANCO FLORES, titulares de las cedulas de identidad N° V- 18.330.147 y V- 6.434.499, respectivamente (hija y cónyuge) beneficiarios de la de cujus SANDRA DEL CARMEN PATINEZ QUIJANO, quién en vida fuere titular de la cédula de identidad Nro. V-6.451.681. Se insta a la parte solicitante del presente asunto, para que consigne fotostatos de las actuaciones, una vez cumplido, se procederá a devolver los originales con sus resultas. ASI SE DECIDE. CUMPLASE.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Dada firmada y sellada en el Juzgado Octavo (8º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Caracas, 21 de Septiembre de 2011. Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.-
LA JUEZ,


ABG. JOOCMAR OVIEDO CONTRERAS. LA SECRETARIA,



ABG. YUGARIS CARRASQUEL

En esta misma fecha y previo el anuncio de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, déjese copia de la misma en el copiador de sentencias de este Tribunal, dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. LA SECRETARIA,

Abg. YUGARIS CARRASQUEL

JOC/YC/mm.